El 21 de Agosto de 2018 el Instituto Gallego de Vivienda y Suelo aprobó 2 líneas de ayudas para la rehabilitación y reforma de viviendas.
- Linea de Ayuda A:
Esta línea de ayuda está orientada a la mejora de la eficiencia energética, es decir a todo aquello que tenga que ver con el cambio de ventanas o incorporación de aislamientos térmicos a las fachadas o cubiertas. Aquello que implique un ahorro en el consumo de calerfacción, aire acondicionado, iluminación e incluso en de agua.
- Línea de Ayuda B:
Pensada principalmente para mejorar la accesibilidad de las viviendas y de los edificios. Aquí vendrían contempladas las obras destinadas a instalación de ascensores, rampas y aparatos elevadores pero también las que pudieran realizarse en el interior de las viviendas para adaptar baños.
Para poder optar a las subvenciones las obras deberán ser realizadas en :
- Casas de tipo unifamiliar o pisos finalizados antes de 1 de enero de 1996
- Para el caso de edificios de pisos se establece además que:
Resumen del artículo:
1. Línea A: Mejora de la eficiencia energética
2. Línea B: Mejora de la accesibilidad
En esta línea entran todas aquellas actuaciones destinadas a reducir la demanda energética tanto de calefacción como de refrigeración de los edificios. Ya sea mediante la incorporación de aislamiento térmico, sustitución de carpinterías, acristalamiento de terrazas, instalación de toldos, como a la sustitución de los equipos o incorporación de energías renovables.
Sin embargo, deberá conseguirse una reducción de la demanda energética de entre un 25%- 35% algo que puede determinarse fácilmente mediante la redacción de un Certificado energético.
También se incluyen en esta línea aquellas mejoras destinadas a mejorar la protección contra el ruido o las que reduzcan la concentración de radón hasta un 50%
Para todo ello deberá tenerse en cuenta el Código técnico de la edificación para que las obras estén siempre adaptadas a la normativa.
- Se contempla la mejora de la iluminación tanto en los ascensores como del edificio en general mediante la incorporación de LEDS u otros sistemas que permitan reducir el consumo.
- También se contempla las obras destinadas a la reducción del consumo de agua, incluidos la adaptación de jardines.
- Instalación de fachadas o cubiertas vegetales, sistemas de domótica, incorporación de sistemas de carga de vehículos eléctricos...
En este ámbito se incluyen medidas como:
- Las relativas al estado de conservación de la estructura, cimentación e instalaciones,
- Conservación de fachadas, azoteas y cubiertas.
- Aquellas relativas a la reforma interior de viviendas.
- De esta manera se consideran subvencionables, la instalación de ascensores, rampas y salvaescaleras, y otros artefactos mecánicos que faciliten la accesibilidad de las personas (grúas...)
- Las personas físicas o jurídicas que sean propietarias de viviendas unifamiliares o edificios de tipología residencial.
- Comunidades de vecinos, empresas constructoras o que presten servicios energéticos.
- 12000 euros por vivienda unifamiliar.
- 18000 si en la vivienda hay una persona con discapacidad.
- 24.000 si hay una persona con discapacidad grave.
- 8000 euros por piso ampliables a 12.000 y 16.000 en caso de tener una persona con discapacidad.
- 3000 euros por vivienda o 30 €/m2 del local comercial
Las ayudas se aumentarán un 25% cuando las personas sean menores de 35 años y las actuaciones se realicen en ayuntamiento de menos de 5000 habitantes.
Para poder acceder a las subvenciones es necesario contar con los permisos de obras, y demás autorizaciones otorgadas por los ayuntamientos.
Consulta las condiciones completas pinchando aquÍ