¿Que pasa si no tienes licencia de actividad?

Seguramente conoces o te han contado que muchos negocios están abiertos y no cuentan con ningún tipo de licencia de actividad. Sin embargo eso no quiere decir que sea legal y mucho menos que no vaya a caerle una multa si en algún momento tienen una inspección.

Ejercer una actividad en un local sin licencia implica arriesgarse a recibir una sanción. Sanción que será más o menos dura dependiendo de lo que estemos haciendo y donde.

¿Qué dice la ley sobre no contar con licencia de actividad en Ourense?

La Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia. considera:

Infracción grave o muy grave:

Abrir un establecimiento y llevar a cabo actividades, o realizar modificaciones, sin efectuar la comunicación previa o sin disponer de las licencias o autorizaciones oportunas,o incumplir sus condiciones, si supusiera un riesgo grave para las personas o los bienes.

El DECRETO 144/2016, de 22 de septiembre Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos.

Fuera de los casos contemplados en los artículos 10 y 22, el ejercicio de una actividad económica o la apertura de un establecimiento sin la presentación ante el ayuntamiento de la comunicación previa regulada en este capítulo obliga a aquel a adoptar, de oficio o a solicitud de cualquier persona, las medidas necesarias para el restablecimiento de la legalidad, sin perjuicio de las responsabilidades sancionadoras a las que hubiere lugar.

¿Cuáles son las multas por no contar licencia de actividad en Ourense?

Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 300,51 euros.

Las infracciones graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente
en los términos previstos salvo que resultaran incompatibles con:

a) Multa de 300,52 a 30.050,61 euros.
b) Suspensión o prohibición de la actividad por un periodo máximo de un año.
c) Clausura del local o establecimiento por un periodo máximo de un año.
d) Retirada de la autorización de entidad de certificación de conformidad municipal por un periodo máximo de un año.

Las infracciones muy graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente en los términos previstos salvo que resultaran incompatibles con:

a) Multa de 30.050,62 hasta 601.012,1 euros.
b) Clausura del local o establecimiento por un periodo máximo de tres años.
c) Suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años.
d) Retirada de la autorización de entidad de certificación de conformidad municipal
por un periodo máximo de tres años

Category: licencia de actividad ourense

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